Contadores Costa Rica

Posibilidad de Acreditar a un Tercero para el RTBF

ARTÍCULO 3. Otras personas autorizadas a suministrar la información: Además del representante legal indicado en el artículo 1 de esta resolución, el suministro de información al Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales podrá hacerse mediante un único apoderado, que debe ser una persona física con facultades suficientes para el acto, lo que tendrá que acreditarse por medio de un notario público. En caso que se acredite mediante un poder especial, este debe ser otorgado en escritura pública.

El notario público debe ingresar a la funcionalidad del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales para registrar la persona que suministrará la información a nombre del obligado, adjuntando la documentación que lo respalde. Para estos efectos el notario público debe contar con un certificado válido de firma digital y debe además consignar los siguientes datos, pero no limitados a estos:

  1. Número de cédula jurídica de la persona jurídica obligada.
  2. Número de identidad de la persona física apoderada.
  3. Datos del documento donde consta la facultad del apoderado para interactuar con el sistema.

En el ejercicio de esta función, los notarios deben seguir los lineamientos que dicte el Consejo Superior Notarial para la actividad notarial.

Se recuerda, además, que toda interacción con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales por parte de notarios, representantes legales o apoderados, se podrá realizar únicamente con certificados de firma digital de persona física. La lista de las oficinas de registro autorizadas para emitir estos certificados de la Autoridad Certificadora del SINPE (CA SINPE – Persona Física) con sus respectivos costos, horarios de atención, ubicación física y números de teléfono, puede consultarse en el sitio web del BCCR (sección de firma digital/oficinas de registro). La concertación de citas debe programarse vía telefónica o por los medios que disponga la entidad, motivo por el cual, se insta a todos los interesados a obtener desde ya sus certificados de firma digital.

Tomado del Ministerio de Hacienda de Costa Rica
Setiembre 2019


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